Ante Comisión de Cooperación Ambiental entre Chile y Canadá con sede en Ottawa. El cuestionamiento jurídico pone en entredicho el mega proyecto hidroeléctrico que Endesa España y Colbún pretenden desarrollar en Patagonia. Organizaciones ambientales y pequeños propietarios ribereños de los ríos Baker y Pascua que serían afectados directamente por el proyecto de represas que Endesa España y Colbún pretenden desarrollar en la chilena Región de Aysén, presentaron esta mañana una acusación ante la Comisión para la Cooperación Ambiental entre Chile y Canadá con el objeto de lograr el cumplimiento efectivo de la legislación ambiental chilena.
La acusación, ingresada esta mañana en la sede del organismo binacional en Ottawa, se fundamenta en que en opinión de los requirentes el Estado de Chile omitió y continúa haciéndolo, a través de organismos públicos como la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y la Dirección de Fronteras y Límites, la aplicación del artículo 19 de la Carta Fundamental sobre garantías constitucionales y además del Protocolo Específico Adicional sobre Recursos Hídricos Compartidos adscrito al Tratado de Medio Ambiente firmado entre Chile y Argentina en 1991, al otorgar a Endesa una concesión eléctrica provisional con el fin de efectuar estudios, mediciones y trabajos en el marco del desarrollo del proyecto de centrales hidroeléctricas en Aysén. En el recurso expresan que la autorización de los organismos del Estado se entregó sin contar con el «Plan General de Utilización» de cuencas compartidas, requisito contemplado en el mencionado acuerdo binacional.
En la acción interpuesta ante el Secretariado de Canadá se solicita al organismo que requiera una respuesta por parte del Estado de Chile y proceda a la elaboración de un expediente del caso por la omisión en la aplicación de la legislación ambiental relacionado con el proyecto HidroAysén (Endesa-Colbún).
POR QUÉ EN CANADÁ
El Tratado de Medio Ambiente firmado entre Chile y Argentina en 1991 constituye legislación interna chilena y, por tal razón, fue incorporado expresamente como norma aplicable para efectos del «Acuerdo de Cooperación Ambiental Chile-Canadá» firmado paralelamente al Tratado de Libre Comercio (TLC) que suscribió el país en 1997 con dicha nación de Norteamérica para la promoción y cooperación ambiental. De esta forma, la petición sería concordante con los objetivos del TLC, el cual contempla un procedimiento especial para «peticiones relativas a la aplicación de la legislación ambiental» y el cual puede ser iniciado por cualquier persona u organización no gubernamental interesada.
La presentación fue hecha esta mañana por el abogado patrocinante de la acción, Marcelo Castillo, socio del prestigioso estudio jurídico Etcheberry/Rodríguez. En Chile, el también miembro del buffet de abogados Jesús Vicent, explicó que «esta presentación se realiza en Canadá para que en dicho país se inicie el proceso que determine la actuación del Gobierno chileno en este momento, y si se ha respetado la legislación ambiental interna en el marco del acuerdo internacional con dicho país».
Los ríos Baker y Pascua pertenecen a cuencas que fluyen entre Chile y Argentina, y en ese carácter tienen carácter de recursos hídricos compartidos, entendiendo la legislación como tales el agua que escurriendo en forma natural cruza o coincide total o parcialmente con el límite internacional terrestre de ambas naciones.
El río Baker recibe gran parte de sus aguas del lago argentino Buenos Aires que en Chile es el lago General Carrera, cuerpo lacustre que en total tiene una extensión de 26 mil kilómetros cuadrados de los cuales 17 mil están en territorio nacional.
El río Pascua, en tanto, se origina en el lago binacional San Martín (Argentina)-O’Higgins (Chile), y drena una cuenca de 14 mil kilómetros cuadrados aproximadamente, de los cuales 7 mil están en Chile.
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